El aplazamiento de VeriFactu hasta 2027 ha sido una de las noticias más comentadas entre pymes, autónomos y fabricantes de software de facturación en estos días.

Publicado recientemente en el BOE, este Real Decreto-ley retrasa la obligación de enviar facturas a través de VeriFactu, sin embargo, la obligación de adaptar los softwares de facturación se mantiene igual. En este artículo analizamos todas las claves, las fechas actualizadas y lo que realmente hay que tener en cuenta.

Qué cambia con el aplazamiento VeriFactu 2027

El Consejo de Ministros aprobó un aplazamiento de la obligación de enviar facturas mediante VeriFactu. Las nuevas fechas son:

Pero aunque el aplazamiento VeriFactu 2027 ya está publicado en el BOE, todavía debe ser convalidado por el Congreso de los Diputados en un plazo máximo de 30 días. Esto significa que estos plazos solo serán definitivos una vez que el Congreso apruebe la medida. En caso contrario, los plazos originales volverían a aplicarse, es decir, volvería a ser obligatorio estar adaptado a 1 de enero del 2026 para las pymes y 1 de julio del 2026 para los autónomos.

Lo que NO cambia: adaptación del software obligatoria en 2025

Uno de los puntos clave más importantes del aplazamiento de VeriFactu a 2027, es que esta modificación no dice nada de los sistemas de facturación, que deben estar adaptados al RD 1007/2023 desde el 29 de julio de 2025.

Esto implica que:

En otras palabras, aunque la obligación de enviar facturas en tiempo real se aplaza, la adaptación técnica del software sigue siendo obligatoria.

Qué significa para los obligados tributarios

El aplazamiento afecta únicamente a quienes ya utilizan un software de facturación antiguo y quieren continuar utilizándolo sin enviar facturas de manera voluntaria a VeriFactu. Es decir, hasta 2027 el envío será voluntario y la AEAT podría no tender en cuenta los posibles errores que se puedan registrar.

Es importante recordar que, este aplazamiento, no contempla la comercialización y uso de software no adaptado, ni el retraso de la preparación técnica de todos los SIF. Así que todas las nuevas contrataciones y actualizaciones deben estar listas para VeriFactu desde julio de 2025.

Qué pasa con quienes ya están enviando VeriFactu

Todos aquellos obligados tributarios que ya han comenzado a enviar facturas de manera voluntaria, no pueden salir del sistema ni cambiar a un software que no cumpla con VeriFactu. La normativa exige:

También deben tenerse en cuenta ciertas ventajas, puesto que las empresas y autónomos que ya envían facturas se familiarizarán antes con el sistema, reduciendo así el riesgo de errores futuros. Además, es probable que cuenten con una ventaja ante inspecciones o auditorías al demostrar el cumplimiento anticipado.

Conclusión: más tiempo, pero sin excusas

El provisional aplazamiento de VeriFactu a 2027 ofrece un respiro en la obligación de envío de facturas para las empresas, pero no es una excusa para retrasar la adaptación de los sistemas.

Nuestra recomendación

✓ Planificar con tiempo y asegurarse de que el software esté listo para cumplir la normativa sin sorpresas.

✓ Aprovechar el periodo voluntario entrar antes de que sea obligatorio para todos facilitará la realización de pruebas y asegurarse que todo funciona correctamente antes del plazo obligatorio.

✓ Verificar que el software de facturación utilizado cumpla con el RD 1007/2023 y pueda enviar facturas a VeriFactu.

✓ Mantener la continuidad si ya se está adherido al sistema voluntario.

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