La Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas, Ley Crea y Crece, establece una obligación que afecta a la facturación en España: la factura electrónica entre empresas. Y es distinta del sistema VeriFactu. Ambas medidas tienen calendarios distintos y requisitos técnicos diferentes.
Este artículo explica qué implica, a quién afecta y qué necesitas implementar técnicamente para cumplir.
En este artículo
Diferencias entre la Factura electrónica y VeriFactu
La Ley 18/2022 (Crea y Crece), de septiembre de 2022, modifica en su artículo 12 la Ley 56/2007 de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, introduciendo la obligación de factura electrónica B2B estructurada (desarrollada por el Real Decreto 238/2026).
Por su parte, el sistema VeriFactu tiene un origen normativo distinto: nace del artículo 29.2.j) de la Ley General Tributaria, introducido por la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y se desarrolla en el Real Decreto 1007/2023. Ambas medidas persiguen reducir el fraude fiscal mediante digitalización y trazabilidad, pero derivan de leyes distintas y funcionan de forma independiente.
Factura electrónica B2B: qué es y cuándo entra en vigor
La factura electrónica obligatoria aplica a operaciones entre empresarios y profesionales establecidos en España. Sustituye la factura tradicional en PDF por un formato estructurado legible por máquinas.
Formato técnico requerido
La norma exige formato estructurado, previsiblemente basado en el estándar europeo EN 16931. En la práctica, esto significa:
Facturae: formato XML nacional ya existente (versión 3.2.x)
UBL (Universal Business Language): estándar ISO/IEC 19845
CII (Cross Industry Invoice): formato UN/CEFACT
No será válido enviar un PDF, ni siquiera con datos embebidos. El sistema deberá generar un XML nativo que contenga todos los campos obligatorios en estructura predefinida.
A quién aplica
Toda factura emitida entre empresario o profesional y empresario o profesional, siempre que ambos estén establecidos en territorio español.
Quedan fuera (por ahora):
- Facturas a consumidores finales (B2C).
- Operaciones intracomunitarias o con terceros países.
- Facturas simplificadas por importes menores a 400€.
Estado actual del reglamento
El marco normativo ya está aprobado: el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, se publicó en el BOE el 31 de marzo de 2026 y desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. Sin embargo, su aplicación efectiva depende todavía de la Orden Ministerial que debe concretar los aspectos técnicos de la solución pública de facturación electrónica. Esta orden se encuentra en fase final de tramitación (su proyecto se sometió a audiencia pública en abril de 2026 y la consulta cerró el 8 de mayo) y se prevé que entre en vigor el 1 de octubre de 2026, aunque la fecha podría variar hasta su publicación definitiva.
Una vez en vigor dicha orden, los plazos de obligatoriedad se activan de forma escalonada: las empresas con facturación superior a 8 millones de euros deberán cumplir a los 12 meses (presumiblemente en octubre de 2027), y el resto de empresas, pymes y autónomos, a los 24 meses (octubre de 2028).
Diferencias de VeriFactu con la factura electrónica
VeriFactu es un sistema de integridad de registros de facturación que garantiza que las facturas emitidas no puedan alterarse posteriormente. No es lo mismo que la factura electrónica.
| Aspecto | Factura electrónica | VeriFactu |
|---|---|---|
| Objetivo | Formato común interoperable | Trazabilidad antifraude |
| Formato | XML estructurado (Facturae, UBL, CII) | XML de registros con hash |
| Destinatario | Cliente | Hacienda |
| Afecta a | B2B | Todas las facturas |
Y puede darse el caso de tener que implementar ambos sistemas: VeriFactu para todas las facturas, y además factura electrónica cuando el cliente sea otra empresa.
Qué software necesitas para cumplir
Para cumplir con ambas obligaciones, tu sistema de facturación debe:
Requisitos técnicos mínimos
Para factura electrónica B2B:
- Generar XML en formato válido según estándar (Facturae 3.2.x, UBL 2.1, o CII D16B).
- Validar esquema XSD antes del envío.
- Firmar electrónicamente el documento (certificado digital).
- Gestionar estados de envío/recepción.
Para VeriFactu:
- Calcular hash SHA-256 de cada factura.
- Encadenar hashes incluyendo la huella de la factura anterior.
- Generar código QR con datos de verificación.
- Crear archivo de registros XML para envío a AEAT.
- Garantizar inalterabilidad de los datos tras la emisión.
Software de facturación adaptado
Tu software actual debe actualizarse para incorporar estas capacidades. Si usas:
- Software en la nube: El proveedor debe implementar las actualizaciones. Verifica que esté en su roadmap antes de que llegue la obligatoriedad a los obligados tributarios.
- Software instalado: Necesitarás actualizaciones o migrar a una solución compatible.
- Desarrollo propio: Deberás implementar toda la lógica de hash, generación XML y firma electrónica.
Invocash, por ejemplo, ya integra la generación de XML Facturae y está 100% adaptado al sistema VeriFactu conforme a las especificaciones de la AEAT.
Calendario de implantación
Factura electrónica B2B
- Ley marco: Ley 18/2022 (Crea y Crece), publicada en septiembre de 2022, modifica la Ley 56/2007 para introducir la obligación.
- Reglamento técnico: Real Decreto 238/2026, ya aprobado y publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026. Falta la Orden Ministerial que fije los detalles técnicos de la solución pública, prevista para el 1 de octubre de 2026.
- Entrada en vigor de la obligación: escalonada desde la Orden Ministerial, 12 meses después para empresas con facturación superior a 8 millones de euros (octubre de 2027) y 24 meses después para el resto de empresas, pymes y autónomos (octubre de 2028).
Qué hacer ahora
Aunque las obligaciones no son inmediatas, tiene sentido prepararse:
- Audita tu software actual: Comprueba si tu proveedor de facturación tiene previsto cumplir con las nuevas normativas.
- Revisa tu proceso de facturación: Digitalizar ahora facilita la transición posterior.
- Solicita certificado digital: Lo necesitarás para firmar facturas electrónicas.
- Familiarízate con Facturae: Es el formato más probable para factura electrónica en España.
- Mantente informado: Los reglamentos técnicos pueden introducir matices importantes.
La buena noticia es que no tienes que resolver esto por tu cuenta ni esperar a que se agoten los plazos. En Invocash ya hemos hecho ese trabajo: nuestro sistema genera XML Facturae y cumple con VeriFactu conforme a las especificaciones de la AEAT, aunque la obligatoriedad todavía no haya llegado. Así, cuando factura electrónica B2B entre en vigor, tu facturación ya estará cumpliendo ambas normativas, sin migraciones de última hora ni sorpresas técnicas.




